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¿Qué es el CFDI y para qué sirve?

Jennifer Lepe • Dec 12, 2022
Sistema de facturación

Antecedentes

En México, la facturación electrónica comenzó como una opción en el año de 2004, dado que en aquel entonces aún la facturación en tinta y papel era aún la más común, y el uso de computadoras y acceso a internet aún estaba un tanto restringido. 

El marco legal de la facturación electrónica quedó establecido en el anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal No fue sino hasta diez años después, en el 2014, que esta modalidad se convirtió en la forma obligatoria de facturación.

¿Qué es y para qué sirve el CFDI?

El Comprobante Fiscal Digital por Internet, o CFDI por sus siglas, es como normalmente se le conoce a la factura electrónica. El CFDI funciona como un comprobante que describe un determinado bien o servicio adquirido, la fecha de la transacción, su costo y desglosa los impuestos correspondientes al pago de dicha transacción.

¿Cómo funciona?

Al momento de emitir una factura electrónica se generan dos archivos, en formatos XML y PDF. El PDF es la presentación física del XML y se usa como respaldo de la transacción tanto para el emisor y el receptor, aunque el archivo realmente importante es el XML.

Las facturas pueden contar con información delicada para las empresas que las emiten tanto como para los contribuyentes que las reciben. Si alguien tiene acceso a ellas puede hacerse una idea muy fiel de la actividad de un negocio o incluso de una persona física. Es por eso que los CFDI están encriptados con sofisticados mecanismos de seguridad informática.

Datos con los que debe contar el CFDI, según el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación:

  1. El RFC del Emisor y el Receptor. 
  2. Domicilio Fiscal del Emisor.
  3. CSD con su número de serie asignado por el SAT.
  4. Las características de la misma, como unidad de medida y la descripción y código del bien o servicio vendido, entre otros datos.

En la actualidad, existen 6 tipos de CFDI:

  1. Comprobante de Ingreso
  2. Comprobante de Egreso
  3. Comprobante de Traslado
  4. Comprobante de Recepción de Pagos
  5. Comprobante de Nómina
  6. Comprobante de Retenciones e Información de Pagos

En CFDIS.mx estamos listos para orientarte en materia de facturación electrónica, ¡haznos saber tus dudas!

Enlaces relacionados:
https://www.sat.gob.mx/articulo/99662/articulo-29-a

https://www.sat.gob.mx/consultas/35025/formato-de-factura-electronica-(anexo-20)

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Cotizar
por Isabel Robles 18 dic., 2023
Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías que utilizan vehículos propios o arrendados en territorio nacional deben emitir una factura con su respectivo complemento de Carta Porte. Este complemento se encarga de acreditar la tenencia y estancia del producto que se traslada en territorio nacional. A partir del 1ro de enero de 2024 entrará en vigor de manera obligatoria el complemento de Carta Porte 3.0 , si todavía no conoces los cambios que se implementarán, te invitamos a que consultes nuestra entrada anterior Conoce todos los cambios de la Carta Porte 3.0 que entran en vigor este 2024 para que estés al tanto de las nuevas disposiciones oficiales por parte del SAT. ¿Cuáles son los campos obligatorios que se deben registrar en la Carta Porte 3.0? De acuerdo con el tipo de transporte que utilizas y sea ingreso o traslado, estos son los campos que debes llenar en tu complemento: Auto transporte
por Isabel Robles 13 dic., 2023
Si trasladas bienes o mercancías, debes generar previamente el CFDI de tipo ingreso con el complemento Carta Porte para acreditar la estancia legal y/o tenencia de esta durante el traslado. Es importante recalcar que tu mercancía debe ir acompañada en todo momento del archivo digital o representación impresa de este complemento. La actualización del complemento de Carta Porte 3.0 entró en vigor el 25 de noviembre 2023 , sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el Segundo Transitorio de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, se cuenta con un periodo de convivencia con la versión 2.0 del complemento hasta el 31 de diciembre de 2023 . Por lo tanto, a partir del 1ro de enero de 2024 será obligatorio que generes tu CFDI con el complemento Carta Porte 3.0 con el fin de evitar una multa por parte de las autoridades correspondientes. 
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