Información proporcionada por el Cliente
Carta Porte
Ubicación
Domicilio
Ubicación
Domicilio
Mercancías
Mercancía
Material Peligroso*
Clave Material
Peligroso*
Embalaje*
Descripción Embalaje*
Información proporcionada por el Transportista
Carta Porte
Ubicación
Autotransporte
Identificación Vehicular
Vehicular
Seguros
Tipos de Figura
Transporte Marítimo
Información proporcionada por el Cliente
Carta Porte
Ubicación
Domicilio
Ubicación
Domicilio
Mercancías
Detalle de la Mercancía
Mercancía
Material Peligroso*
Clave Material Peligroso*
Embalaje*
Información proporcionada por el Transportista
Carta Porte
Ubicación (Origen)
Ubicación (Destino)
Detalle de la Mercancía
Transporte Marítimo
Embarcación
Unidades de ArqBruto, Tipo Carga, Nombre Agente Naviero, Núm. Autorización Naviero.
Información proporcionada por el Cliente
Carta Porte
Ubicación
Domicilio
Ubicación
Domicilio
Mercancías
Peso Bruto total, Unidad de peso, Número total de mercancías
Mercancía
Material Peligroso*
Clave Material
Peligroso*
Embalaje*
Descripción Embalaje*
Documentación aduanera
TipoDocumento
RFCImportador
Información proporcionada por el Transportista
Carta Porte
Ubicación (Origen)
Ubicación (Destino)
Transporte Aéreo
Transporte Ferroviario
Información proporcionada por el Cliente
Carta Porte
Ubicación
Domicilio
Ubicación (Intermedia1)
Ubicación (Intermedia2)
Ubicación (Intermedia3)
Ubicación (Intermedia4)
Ubicación (Destino Final)
Domicilio
Mercancías
Mercancía
Clave Material
Peligroso*
Descripción Embalaje*
Embalaje*
Información proporcionada por el Transportista
Carta Porte
Ubicación (Origen)
Ubicación (Intermedia1)
Ubicación (Intermedia2)
Ubicación (Intermedia3)
Ubicación (Intermedia4)
Ubicación (Destino Final)
Transporte Ferroviario
Carro
El SAT indica que, en caso de no expedir el complemento de Carta Porte 3.0 que acredite el traslado de bienes o mercancías, o bien en caso de que el transportista no cuente con una representación impresa en papel o formato digital, se iniciarán los procedimientos correspondientes para avalar si la empresa o persona serán acreedores de una multa por incumplimiento en las obligaciones fiscales de expedición de CFDI.
Por lo tanto,
si no emites tu complemento de Carta Porte 3.0 ya sea por ingreso o traslado, estás cometiendo una infracción que va de $400.00 a $600.00 por cada comprobante fiscal emitido y que no cuente con este complemento. De igual manera, si no expides, entregas o pones a disposición de tus clientes las facturas electrónicas cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, si expides comprobantes fiscales que no cumplen con el correcto llenado del complemento de Carta Porte 3.0, o no emites el complemento podrás ser acreedor a una multa que va de $19,700 a $112,650 pesos.
Las cantidades antes citadas se actualizarán anualmente y se darán a conocer en el
Anexo 5 de la RMF disponible en el Portal del SAT.
Evita multas y lleva tu negocio al siguiente nivel, En CFDIS estamos listos con todos los cambios relacionados al complemento de Carta Porte 3.0 de acuerdo con la normativa del SAT.
Contáctanos y conoce todas las soluciones que tenemos para ti.
Gracias por suscribirse.
Lo mantendremos informado.
Todos los derechos reservados | uAdmin