Evita multas, esto es lo que debes saber sobre el complemento de Carta Porte 3.0

18 de diciembre de 2023
Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías que utilizan vehículos propios o arrendados en territorio nacional deben emitir una factura con su respectivo complemento de Carta Porte. Este complemento se encarga de acreditar la tenencia y estancia del producto que se traslada en territorio nacional.

A partir del 1ro de enero de 2024 entrará en vigor de manera obligatoria el complemento de Carta Porte 3.0, si todavía no conoces los cambios que se implementarán, te invitamos a que consultes nuestra entrada anterior Conoce todos los cambios de la Carta Porte 3.0 que entran en vigor este 2024 para que estés al tanto de las nuevas disposiciones oficiales por parte del SAT.

¿Cuáles son los campos obligatorios que se deben registrar en la Carta Porte 3.0?

De acuerdo con el tipo de transporte que utilizas y sea ingreso o traslado, estos son los campos que debes llenar en tu complemento:

Auto transporte

Información proporcionada por el Cliente


Carta Porte

  • Transporte internacional

Ubicación

  • Origen, RFC Remitente

Domicilio

  • Estado, País, CP

Ubicación

  • Destino, RFC Destinatario

Domicilio

  • Estado, País, CP

Mercancías

  • Peso Bruto total, Unidad de peso,  Número total de mercancías

Mercancía

  • Bienes transportados, Descripción (de la mercancía), Cantidad, Clave unidad, Peso en kilogramos

Material Peligroso*

Clave Material

Peligroso*

Embalaje*

Descripción Embalaje*

Información proporcionada por el Transportista 


Carta Porte

  •  Versión, IdCCP, Total de distancia recorrida

Ubicación

  • Fecha y hora salida, Fecha y hora llegada, Distancia recorrida

Autotransporte

  • Permiso SICT, Número de permiso SICT

Identificación Vehicular

  • Tipo de vehículo, Peso Bruto

Vehicular

  • Placa de vehículo, Año del vehículo

Seguros

  • Nombre de la aseguradora, Número de póliza de R.C.

Tipos de Figura

  • Operador (chofer), RFC, Número de licencia, Nombre figura

Transporte Marítimo

Información proporcionada por el Cliente



Carta Porte

  • Transporte internacional

Ubicación

  • Origen, RFC remitente

Domicilio

  • Estado, País, CP

Ubicación

  • Origen, RFC remitente

Domicilio

  • Estado, País, CP

Mercancías

  • Peso Bruto Total, Unidad de peso, Peso Neto Total, Número total de mercancías Mercancía, Bienes transportados, Descripción (de la mercancía), Cantidad, Clave unidad, Peso en kilogramos

Detalle de la Mercancía

  • Unidad Peso

Mercancía

  • Peso Bruto, Peso Neto

Material Peligroso*

Clave Material Peligroso*

Embalaje*

Información proporcionada por el Transportista 



Carta Porte

  • Versión, IdCCP

Ubicación (Origen)

  • Número estación, Nombre estación, Navegación Tráfico, Fecha y hora salida, Tipo estación

Ubicación (Destino)

  • Número estación, Nombre estación, Navegación Tráfico, Fecha y hora llegada, Tipo estación

Detalle de la Mercancía

  • Peso Tara

Transporte Marítimo

  • Tipo Embarcación, Matrícula, Número OMI, Nacionalidad

Embarcación

Unidades de ArqBruto, Tipo Carga, Nombre Agente Naviero, Núm. Autorización Naviero.


Transporte Aéreo

Información proporcionada por el Cliente



Carta Porte

  • Transporte internacional

Ubicación

  • Origen, RFC remitente

Domicilio

  • Estado, País, CP

Ubicación

  • Destino, RFC destinatario

Domicilio

  • Estado, País, CP

Mercancías

Peso Bruto total, Unidad de peso, Número total de mercancías

Mercancía

  • Bienes transportados, Descripción (de la mercancía), Cantidad, Clave unidad, Peso en kilogramos, Valor Mercancía, Moneda

Material Peligroso*

Clave Material

Peligroso*

Embalaje*

Descripción Embalaje*

Documentación aduanera

TipoDocumento

RFCImportador

Información proporcionada por el Transportista 


Carta Porte

  • Versión, IdCCP

Ubicación (Origen)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora salida, Tipo estación

Ubicación (Destino)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora llegada, Tipo estación

Transporte Aéreo

  • Permiso SICT, Número de permiso SICT, Número de guía, Código de transportista



Transporte Ferroviario

Información proporcionada por el Cliente


Carta Porte

  • Transporte internacional

Ubicación

  • Origen, RFC remitente

Domicilio

  • Estado, País, CP

Ubicación (Intermedia1)

  • Destino, RFC destinatario

Ubicación (Intermedia2)

  • Destino, RFC destinatario

Ubicación (Intermedia3)

  • Destino, RFC destinatario

Ubicación (Intermedia4)

  • Destino, RFC destinatario

Ubicación (Destino Final)

  • Destino, RFC destinatario

Domicilio

  • Estado, País, CP

Mercancías

  • Peso Bruto total, Unidad de peso, Peso Neto Total, Número total de mercancías

Mercancía

  • Bienes transportados, Descripción (de la mercancía), Clave unidad, Cantidad, Peso en kilogramos

Clave Material

Peligroso*

Descripción Embalaje*

Embalaje*

Información proporcionada por el Transportista

 

Carta Porte

  • Versión, IdCCP, Total Distancia Recorrida

Ubicación (Origen)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora Salida, Tipo estación

Ubicación (Intermedia1)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora de salida /llegada, Tipo estación, Distancia Recorrida

Ubicación (Intermedia2)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora de salida /llegada, Tipo estación, Distancia Recorrida

Ubicación (Intermedia3)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora de salida /llegada, Tipo estación, Distancia Recorrida

Ubicación (Intermedia4)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora de salida /llegada, Tipo estación, Distancia Recorrida

Ubicación (Destino Final)

  • Número Estación, Nombre Estación, Fecha y hora de llegada, Tipo Estación ,Distancia Recorrida

Transporte Ferroviario

  • Tipo de Servicio, Tipo de Tráfico

Carro

  • Tipo Carro, Matrícula Carro, Guía Carro, Toneladas Netas Carro


¿Hay multas por no expedir y/o exhibir el complemento de Carta Porte 3.0?


El SAT indica que, en caso de no expedir el complemento de Carta Porte 3.0 que acredite el traslado de bienes o mercancías, o bien en caso de que el transportista no cuente con una representación impresa en papel o formato digital, se iniciarán los procedimientos correspondientes para avalar si la empresa o persona serán acreedores de una multa por incumplimiento en las obligaciones fiscales de expedición de CFDI.


Por lo tanto,
si no emites tu complemento de Carta Porte 3.0 ya sea por ingreso o traslado, estás cometiendo una infracción que va de $400.00 a $600.00 por cada comprobante fiscal emitido y que no cuente con este complemento. De igual manera, si no expides, entregas o pones a disposición de tus clientes las facturas electrónicas cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, si expides comprobantes fiscales que no cumplen con el correcto llenado del complemento de Carta Porte 3.0, o no emites el complemento podrás ser acreedor a una multa que va de $19,700 a $112,650 pesos.


Las cantidades antes citadas se actualizarán anualmente y se darán a conocer en el

Anexo 5 de la RMF disponible en el Portal del SAT. 


Evita multas y lleva tu negocio al siguiente nivel, En CFDIS estamos listos con todos los cambios relacionados al complemento de Carta Porte 3.0 de acuerdo con la normativa del SAT.


Contáctanos y conoce todas las soluciones que tenemos para ti. 

por Laura Cervantes 27 de enero de 2025
Todos los contribuyentes, ya sean personas física o moral, necesitan tener activa su e.firma, también conocida como firma electrónica, la cual es proporcionada por el SAT (Servicio de Administración Tributaria). Esta funciona como mecanismo de autenticación y permite a los contribuyentes realizar trámites y cumplir obligaciones fiscales en línea de forma segura. Con la e.firma , los contribuyentes pueden realizar diversos trámites ante el SAT , y otras instituciones gubernamentales como el IMSS , INFONAVIT , entre otros. Algunos trámites que se pueden realizar con la e.firma son: Hacer declaraciones de impuestos Emitir comprobantes electrónicos Presentar trámites fiscales como devoluciones, compensaciones, etc. Consultar tu información fiscal Firmar contratos digitales con validez oficial Gestionar trámites ante otras dependencias gubernamentales como el IMSS o INFONAVIT.
Una mujer está sentada en una mesa usando una calculadora.
por Laura Cervantes 22 de enero de 2025
Cada año, las disposiciones fiscales evolucionan, impactando directamente en cómo calculamos y cumplimos nuestras obligaciones tributarias. En 2025, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) mantiene las tablas actualizadas con ajustes previos que afectan las finanzas de nuestros negocios y la retención de impuestos de nuestros colaboradores. Estar al tanto de estos cambios sigue siendo esencial para mantener nuestras operaciones en regla y evitar contratiempos. En esta entrada, analizaremos las disposiciones actuales del ISR para 2025, cómo influyen en nuestras responsabilidades fiscales y por qué contar con herramientas que optimicen procesos como la facturación puede ayudarnos a navegar este panorama con mayor facilidad. Además, compartiremos la tabla actualizada para que tengas la información más relevante al alcance y así tengas toda la información necesaria a tu alcance para este nuevo año fiscal. Para esto, nuevamente tomaremos como referencia las actualizaciones que forman parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para este 2025 y veremos a detalle las nuevas tablas y tarifas de ISR (Impuesto sobre la Renta) que serán aplicables para la emisión de CFDIs durante el año en curso. Es importante recordar la relevancia de estar al día con la tabla del ISR, ya que este impuesto es clave para calcular las retenciones de los colaboradores, los pagos provisionales y las obligaciones fiscales del negocio. Una correcta aplicación de la tabla no solo asegura el cumplimiento con el SAT, sino que también ayuda a planificar las finanzas de manera más precisa y evitar problemas legales o multas. Si buscas simplificar este proceso, CFDIs ofrece un módulo de nómina diseñado para gestionar tus retenciones y cálculos de manera eficiente. En 2025, la tabla de ISR se mantendrá igual que en 2024.
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